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Mostrando entradas de enero, 2020

ELIMINACIÓN DEL ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA

El anticipo al impuesto a la renta (IR), figura que se creó en 2010, desaparecería a partir del 2020; esto consta en las reformas tributarias que el Gobierno entregó a la Asamblea Nacional como parte de su plan económico urgente.  Están obligados a la liquidación y pago del anticipo de Impuesto a la Renta los contribuyentes previstos en los en el Art. 41 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno en concordancia con el Artículo 76 del Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno.  a) Las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, las sociedades y organizaciones de la economía popular y solidaria que cumplan las condiciones de las microempresas y las empresas que tengan suscritos o suscriban contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en cualquier modalidad contractual.  b) Las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las sociedades.  Según los datos del Servicio d